ESTATUTOS
DE LA COOPERATIVA
“TRANSFORMARTE
S.C.A.”
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Artículo
1. Nombre.
La
empresa funcionará bajo el nombre de TRANSFORMARTE
Artículo
2. Objeto social.
Nuestra empresa tiene la siguiente
actividad: El objetivo será el reciclaje de botellas de plástico y su
transformación en productos para la venta al público.
Artículo
3. Duración.
La sociedad se constituye por un
tiempo de un curso escolar, comenzando éste
el 1 de Enero de 2015 y teniendo como fin la actividad de dicha
cooperativa 22 de Junio del 2015
Artículo
4. Domicilio.
Calle
Hoyo de Narváez, s/n (IES ALFAGUARA)
Artículo
5. El capital.
El
capital de inversión se fijará en un futuro dependiendo de las necesidades. El
capital se dividirá en 19 participaciones.
Artículo
6. Las cuentas.
Los
informes de cuentas se presentarán a los socios/as cada 30 días. Las cuentas de
la cooperativa serán llevadas por la tesorera.
Artículo
7. Secretario/a.
La
secretaria tomará nota de todas las reuniones y acuerdos que se tomen y
redactará acta. El acta de cada reunión y acuerdo será firmado por el
presidente/a y secretario/a.
Artículo
8. Recuperación de la inversión.
Una
vez finalizada la venta, todos los socios/as podrán recuperar el capital que
habían invertido, si existe o la parte proporcional correspondiente.
Artículo
9. Utilización de los beneficios.
Si
existieran beneficios se emplearán:
-
El
10 % de los beneficios serán destinados a una ONG (Agua para Etiopía)
-
El
resto se destinará a la financiación de una actividad lúdico-recreativa a concretar
en su momento, por la asamblea.
Artículo
10. Deberes de los socios.
1.
Todos los socios deberán colaborar en la
realización de los productos.
2.
Justificar nuestras faltas de aportación de trabajo.
3.
Respetar las opiniones de los socios.
4.
Cuidar el material que obtengamos y utilizar material reciclable en la medida
de lo posible.
5.
Todo lo que vayamos a fabricar se decidirá por votación.
6.
Cuidaremos las instalaciones y el material que el Centro nos proporcione.
Incumplimientos
de los deberes de los socios.
En
el caso de que los socios no cumplan los deberes dichos se les pondrá un punto
negativo, y a la de tres, perderán el derecho a:
1.
Pertenecer
a la empresa.
2.
Recibir
la devolución de su aportación.
3.
Recibir
beneficios.
4.
Decidiremos
por votación si a alguien se le expulsa de la empresa.
Artículo
11. Derechos de los socios.
1.
Todos
los socios/as tienen derecho a ser escuchados en la toma de decisiones y a
votar en las mismas.
2.
Todos
los socios/as tienen derecho a recibir beneficios que se señalen en el artículo
8.
Artículo
12. Abandono cooperativa.
Si
un socio/a decide abandonar la empresa de forma voluntaria sin causa
justificada perderá la inversión realizada.
Artículo
13. Precio del producto.
Entre
todos los socios/as calcularán y acordarán en asamblea el precio de venta de
nuestros productos.
Artículo
14. Si durante el
desarrollo de la Cooperativa, algún socio o socia quiere quitar, cambiar o
añadir algún artículo de estos estatutos, deberá proponerlo al presidente,
siendo tratado y aprobado por unanimidad en asamblea, si así se considera.
Artículo
15.
Disolución de la cooperativa
El fin de la
cooperativa tendrá lugar a la altura del 22 de junio de 2015, día en que los
miembros de esta visitaran la feria del Emprendimiento de Granada para realizar
una venta final de los productos de su zona dando fin a su contrato con la
cooperativa.